EL PACTO COMISORIO EN EL CONTRATO DE MANDATO Y LAS DIFERENCIAS ENTRE MANDANTO Y REPRESENTACION

  • María Antonieta Sánchez García
Palabras clave: Mandato, representación, pacto comisorio, derecho de retención y extinción.

Resumen

El presente trabajo aborda a la figura del pacto comisario en el contrato mandato; en este tipo de contrato se presentan dos partes, uno es el mandatario y el mandante. El primero en mención es aquel que presta un servicio personal, es decir, se encarga de ejecutar uno o más negocios por cuenta o intereses de la otra parte (mandante). Es preciso mencionar que en esta figura legal el mandatario actúa en nombre propio, además está obligado a cumplir con el mandato y a dar cuenta de lo que ha realizado al mandante.


Mientras que el segundo (mandante) tiene el compromiso de facilitar los medios necesarios para que el mandatario cumpla con el mandato, también debe facilitar la retribución que le corresponde al mandatario, así como reembolsar en caso que exista pacto previo o indemnizar al mandatario si producto de la realización del mandato se haya producido un daño. De lo mencionado se desprende que ambas partes contraen derechos y obligaciones, si una de las partes incumple con su obligación deberá resarcir los daños y perjuicios ocasionados. Existen dos figuran que se desarrollaran: Pacto Comisorio el cual está prohibido y el derecho de retención que si está permitido. Además, se explicará las causales de extinción del mandato un ejemplo de ello es la muerte, cumplimiento de la obligación, etc. Por último, abordamos acerca del mandato con y sin representación.

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Publicado
2021-02-22
Cómo citar
Sánchez García, M. A. (2021). EL PACTO COMISORIO EN EL CONTRATO DE MANDATO Y LAS DIFERENCIAS ENTRE MANDANTO Y REPRESENTACION. ACTA JURÍDICA PERUANA, 2(2). Recuperado a partir de http://revistas.autonoma.edu.pe/index.php/AJP/article/view/227