LA TENENCIA COMPARTIDA: INTERÉS DE LOS PADRES O INTERÉS DE LOS HIJOS?

  • Julia Ochoa Estrada
Palabras clave: FAMILIA, MENORES INFRACTORES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA

Resumen

La tenencia compartida es una distribución variable y prioritaria de los hijos menores de edad entre los padres, siendo responsabilidad de éstos el ejercicio de sus deberes – derechos en atención prioritaria al interés superior del niño, niña o adolescente, siendo relevante remarcar que, ante la situación de separación de los padres, éstos tienen que asumir una posición de socios parentales frente a sus hijos, privilegiando efectivamente el interés superior que a sus hijos les corresponde. El concepto de este instituto de familia se tiene que estructurar a partir del derecho de los niños, niñas y adolescentes de vivir con sus padres y de tener una adecuada relación paterno filial. Ese derecho, para su ejercicio real y efectivo, no puede ser conculcado por la desavenencia entre los padres que,
siendo ésta de tal entidad, no cabe otra opción sino la distribución temporal delosmenores entrelos padres, cuando el derecho de aquellos no es que sus
padres los tengan por tiempos iguales o proporcionales, sino la obligación o deber de los padres de desarrollar una adecuada relación con sus hijos, que
morigere el sufrimiento de los hijos por la ruptura de la relación de sus padres.

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Publicado
2020-11-09